Abril de 1882, un nuevo cementerio para El Viso del Alcor

Cementerio de El Viso. Imagen: Nuestro Alcor.

En la actualidad, como bien saben los lectores de La Voz de El Viso, nuestro cementerio se encuentra a la salida de la localidad, al margen derecho del cordel del Monte. Lugar de descanso eterno para nuestros seres queridos y familiares.

El Cementerio denominado de San Francisco, situado “… al norte de la población, distante de ella quinientos metros lo menos y dentro de su término municipal…”, había sido donado y costeado entre 1881 y 1882 por Manuel Jiménez León, natural de El Viso y que fuese presidente de la Diputación Provincial de Sevilla, con la condición de que en éste no se inhumase cadáver alguno de persona que en vida no hubiese profesado la religión católica; sin embargo, de espaldas al cementerio católico y adosado al mismo, se construyó un local para enterrar a aquellas personas “… que mueran fuera de la Religión Cristiana… cuyo perímetro encerrará un espacio de ochenta y una varas superficiales, cercado con paredes idénticas a las del Católico y con puerta independiente”. Fue el 10 de abril de 1882 cuando se procedió a su bendición, tal como se hizo eco la prensa de la época.

Con anterioridad, existieron dos cementerios en la localidad; el primero de ellos junto a la parroquia, en la actual sacristía y sus alrededores, del siglo XV al XVIII aproximadamente. Después, se trasladaría a unos terrenos por aquellos entonces en el extrarradio, junto a la antigua ermita de San Sebastián, en la actual calle Cañalizo. En julio de 1882, el Negociado de Sanidad del Gobierno Civil concedió permiso para trasladar los cadáveres al nuevo camposanto, excepto aquellos cuerpos que hubiesen sido enterrados recientemente en el antiguo, debiendo permanecer allí por un periodo de cinco años más.

El perímetro del cementerio debía formar un cuadrado perfecto, cercado de paredes y con una puerta de entrada con cancela de hierro. En el centro del cementerio se erigiría una capilla, con cancela de hierro frente a la del cementerio y que tendría un altar en su cabecera. A espaldas de la capilla, se construirían dos locales, uno de ellos para sacristía, con puerta a la capilla, y el otro un cobertizo para la práctica de autopsias. Los nichos que se construyesen debían formar una cruz, “… cuyos brazos constará cada uno de dos hileras de nichos, paralelas y rectas, distante una de otra ocho varas, que, partiendo de las paredes del recinto, terminen en el espacio que rodea la capilla…”. Estos nichos serían cedidos de dos modos, a perpetuidad por un precio de ciento cincuenta pesetas cada uno y por periodos de diez años, abonando cincuenta pesetas por cada decenio, cualquiera que fuese la edad y condición del cadáver que los ocupase.

Además, en los ángulos, habría dos locales que servirían para osarios. Una vez hechas las edificaciones, resultarían cuatro patios cuadrados, separados uno de otros por hileras de nichos en donde se sepultarían cadáveres en zanjas. Estos patios se denominarían, “… el primero, contándose por la derecha de entrada, de San Ildefonso; el segundo, Santa Agueda; el tercero, San Joaquín, y el cuarto, San Sebastián.”. Años después, hacia 1895, se construyó una casa para el sepulturero y un local cochera, cobrando el Ayuntamiento un alquiler tanto al sepulturero como a la Hermandad Sacramental, propietaria del coche fúnebre.

Para el cumplimiento del reglamento, se creó por parte del donante una comisión inspectora, compuesta por el cura más antiguo de la Villa, por el alcalde, el juez municipal y el propio Manuel Jiménez León, o en su caso sería sustituido por un descendiente directo y legítimo, varón y residente en el pueblo, prefiriéndose el más próximo y de mayor edad. Ellos, serían los encargados de resolver las cuestiones que se planteasen por mayoría de votos, teniendo Jiménez León o su descendiente la última palabra en caso de empate. En los diez días primeros de cada año, había de celebrar el Ayuntamiento una sesión a la que concurrirían como asociados los individuos de la comisión inspectora, y así rendir las cuentas del año anterior, dando cuenta también del estado y condiciones en que se encontrase el cementerio. Estas disposiciones y las anteriores, entre otras, conformaban el reglamento del cementerio que contenía un articulado de veintitrés puntos.

Como hecho anecdótico y curioso mencionar que en 1933 se incoó expediente para proceder a la incautación del cementerio. El título de Cementerio de San Francisco sería sustituido por el de Cementerio Municipal, demoliéndose la tapia que separaba el civil del eclesiástico. El 23 de mayo de este año, a las diecisiete horas, se presentaban en el cementerio el alcalde y el secretario municipal, para proceder a la incautación. Asimismo, debía presentarse Salustiano Jiménez Cadenas, “… único heredero en línea recta descendiente con el donante…”. Tras una espera de cuarenta minutos, y no haber aparecido este último, o alguien en su representación, el alcalde procedió junto al secretario y en presencia de un alguacil municipal y la del sepulturero municipal, “… a declarar que de hecho y de derecho quedaba incautado por este Ayuntamiento el susodicho Cementerio, hasta ahora de San Francisco…”.

Baldomero Alba Lara
Profesor de Geografía e Historia
IES Munigua